Filosofar sin incurrir cada tanto en algún sofisma es una tarea imposible, como aprender a caminar sin caerse. Por fortuna están los otros, el prójimo, el próximo, para corregirlo a uno.
jueves, 9 de julio de 2020
SI ES INJUSTA NO ES LEY
Un artículo de hace cinco años despedía a Juan Carlos De Zan y lo presentaba como un “teólogo del Tercer Mundo”. “Carlos se nos fue cuando sus sufridos pulmones dijeron basta” dijo Vitín Baronetto en un homenaje de la revista Tiempo Latinoamericano (Mayo de 2015, Nº 99, Córdoba, Argentina). Y agregaba: “Pero sus palabras, el resultado de sus largas meditaciones y estudios profundos, son el rico legado que nos seguirá acompañando, para animar ahora como hace más de cuarenta años las búsquedas de quienes se comprometen en la lucha por la libertad y la justicia” (Baronetto, 2015: pág. 56). El libro recién pude encontrarlo en Montevideo a fines del 2019 en una librería de la Avenida 18 de julio.
Originado en su labor como investigador de Santo Tomás y Francisco Suárez, declara el autor de La propiedad privada: ¿Derecho Natural? que “el presente trabajo pudo ser titulado Santo Tomás, los Sacerdotes para el Tercer Mundo y la Propiedad Privada” (De Zan, 2012: pág. 31). Nacido en 1928 en la Provincia de Entre Ríos, Argentina, Juan Carlos De Zan defendió su tesis doctoral en la UCA (Buenos Aires) en 1970, luego de haber cursado estudios en la Universidad Gregoriana de Roma. Fue rector de Colegios Universitarios de Paraná y su especialidad académica era la Antropología Teológica.
Inspirador y partícipe del movimiento Sacerdotes para el Tercer Mundo, a comienzos de la trágica década de los años 70 la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Argentina acusó a aquel grupo de apartarse de la doctrina social de la Iglesia, identificándolo como socialista y negador del derecho natural que prescribiría la propiedad privada de los bienes, incluyendo a los medios de producción. La respuesta del movimiento fue tan contundente e inesperada, que el Episcopado optó por el silencio. La respuesta de los Sacerdotes para el Tercer Mundo consistió en afirmar, entre otras cosas, que “Ni para los Padres de la Iglesia, ni para Graciano, ni para Santo Tomás de Aquino, ni, sin los debidos matices, para el propio León XIII, el así llamado derecho de propiedad es derecho natural”. Con mayor precisión aún proseguían: “Muy por el contrario, para Graciano, para Santo Tomás, y aún para León XIII, el derecho natural en esta materia es la destinación universal de los bienes para todos los hombres” (De Zan, 2012: pág. 30).
El propio De Zan en su libro va más allá: “Hoy es subversivo afirmar que el derecho no solo a los bienes de subsistencia sino a los medios de producción, es un derecho que compete a todo hombre; y que sólo es legítima aquella propiedad que ‘no prive’ a otro de este derecho radical” (De Zan, 2012: pág. 32).
En tiempos en que se intenta imaginar un mundo que no sea mucho más injusto después de la pandemia de lo que era antes; en una etapa histórica y global en la que se discuten los fundamentos que legitimen políticas como las de limitar las rentas máximas, o suministrar rentas básicas universales o ingresos mínimos vitales, parece un aporte ineludible el que se encuentra si uno acude a las heterogéneas pero esenciales fuentes rastreadas por la erudición de Juan Carlos De Zan. Veamos algunas de ellas.
“El pan que te sobra es el pan del que tiene hambre; del desnudo es el vestido que guardas en tu ropero” decía San Ambrosio. Y De Zan apunta: “Santo Tomás y la tradición (en concreto: Basilio, Ambrosio, Agustín, Rufino y Graciano) son mucho más cáusticos en esta dirección: califican simple y decididamente de ‘violencia’ a esta sustracción de lo necesario para muchos en favor de la opulencia de algunos” (De Zan, 2012: pág. 411). Al parecer, Santo Tomás se apoyaba en San Agustín para afirmar que una ley que no es justa no es una ley: “Cuando el legislador agrava desigualmente las cargas de la multitud, aunque ello sea con la intención de servir al bien público, (establece) un tipo de ordenación que hay que calificar no de ley, sino de ‘violencia’; porque como dice San Agustín (…) no se puede hablar de ley cuando se trata de algo injusto” (De Zan, 2012: pág. 412).
El lector no debería dejarse aturdir por las 86 páginas de notas bibliográficas (545 a 631) ni intimidarse por los rasgos de estilo del autor, plagado de citas en latín, de párrafos pesados y rotundos como los golpes de un arma medieval. Porque, en realidad, no hay ninguna frase de más en esta obra sólida, de gran rigor académico aunque escrita con pautas de redacción que parecen anteriores a los años 70 (exceptuado quizás el sobrio post scriptum fechado en 2009). Agreguemos algunas joyas más de Propiedad privada: ¿derecho natural?
Con base en Tomás de Aquino, como casi siempre, en una interpretación muy distante de otras que se han amplificado mucho más, De Zan explica que hay criterios razonables para preferir la guía de la multitud en la marcha hacia la convivencia social y no la opinión de las jerarquías políticas. Según Santo Tomás: “Vale más el consentimiento de todo un pueblo que la autoridad del príncipe que no tiene potestad de dictar leyes sino en cuanto obra como representante de la multitud. No es facultad de las personas (o grupos) particulares el dictar una ley, sino del propio pueblo que es capaz de dictarse sus normas”. Para comentar ese pasaje, el autor lanza una exclamación poco habitual en los usualmente adustos textos académicos: “¡Oh Dios! ¡Cuántos siglos antes de Juan Jacobo Rousseau! ¡Medio milenio!” (De Zan, 2012: pág. 528).
Claro que la perspectiva del autor no consiste en decir que los cristianos no puedan aceptar un sistema social basado en la propiedad privada. Se trata de entender algo mucho más profundo. Por ello De Zan acude a Paulo VI y sostiene: “la propiedad privada es un hecho que los cristianos no podemos sacralizar”. También se afirma en la misma página en Pío XII para decir que “al capitalismo que se arroga sobre la propiedad un derecho ilimitado, sin subordinación alguna al bien común, la Iglesia lo ha reprobado como contrario al derecho natural” (De Zan, 2012: pág. 529).
Quienes tuvimos el tesón de recorrer estas arduas páginas, sin la afinidad o la predisposición favorable que podría otorgar alguna convicción religiosa, culminamos la tarea gratamente sorprendidos al leer que “para el teólogo mayor de la Iglesia, Santo Tomás de Aquino, el criterio que debe inspirar y guiar (…) es fundamentalmente la experiencia y la conciencia del pueblo que es capaz de alcanzar y dictarse sus propias normas”. Y no puedo menos que confesar que mi satisfacción mayor la obtuve al leer la última página de esta magnífica obra, cuando el Inca Yupanqui en su condición de “inca, indio y latinoamericano” increpa al Rey de España diciendo: “Señor, un pueblo que oprime a otro no puede ser libre” (De Zan, 2012: pág. 531).
De Zan, Juan Carlos (2012). Propiedad privada: ¿derecho natural? Desde los estoicos a Santo Tomás de Aquino. Buenos Aires: Editorial Biblos. Reseña publicada originalmente en Courtoisie, Agustín (2020). "Teología y sociedad", en Revista Relaciones 434, Montevideo, Julio de 2020, pág. 25.
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